Deficiente planificación y ejecución en torno a la red de agua potable, pagos por partidas no ejecutadas y falta de control supervisor, además de riesgo de pagos duplicados
La Municipalidad Provincial de Zarumilla, enfrenta serias observaciones y riesgos en el desarrollo de la obra “Mejoramiento del servicio vial y peatonal en el AA.HH. Las Flores, distrito de Zarumilla – II Etapa”, según detalla el Informe de Hito de Control N° 032-2025-OCI/0476-SCC emitido el 21 de julio de 2025 por el Órgano de Control Institucional (OCI).
El documento, que recopila el resultado del control concurrente ejecutado entre el 8 y 14 de julio de 2025, expone tres situaciones adversas que ponen en riesgo la continuidad, los objetivos y el uso adecuado de los recursos públicos en esta obra cuyo valor adjudicado asciende a más de S/ 6.9 millones y está a cargo del Consorcio Las Flores.
Red de agua potable y afectación a beneficiarios. Una de las problemáticas más graves detectadas es la deficiente planificación y ejecución en torno a la red de agua potable. El informe expone que una parte de la red se encuentra instalada dentro de propiedades privadas en la calle Independencia, incumpliendo normativas técnicas como la Norma Técnica Peruana OS.050 sobre distancia mínima entre límite de propiedad y tubería. Además, se identifica que en un tramo de 70 metros de la calle Amazonas no existe red principal de agua potable, lo cual fue omitido en el expediente técnico aprobado.
Esta situación afecta directamente a los beneficiarios, pues no garantiza el acceso universal al servicio de agua potable y genera la demanda de trabajos adicionales no considerados inicialmente, que podrían elevar los costos y extender los plazos del proyecto.
Pagos por partidas no ejecutadas y falta de control supervisor. El informe también señala que el supervisor de obra dio conformidad para el pago de partidas que no se ejecutaron, especialmente en lo relacionado con obras provisionales y señalización. Entre las partidas valorizadas al 100% y que deberían garantizar la seguridad vial y peatonal en la zona de intervención figuran la instalación de tranqueras de madera para desvío vehicular, cinta plástica señalizadora y señalización temporal de seguridad.
Sin embargo, durante la inspección física realizada el 8 de julio, la comisión constató la ausencia total de estas medidas de seguridad. Se observaron áreas sin señalizar a pesar de la presencia de maquinaria pesada en operación, presencia de personas ajenas a la obra e incluso un mototaxi dentro del área de trabajo, lo que expone a los trabajadores y transeúntes a riesgos innecesarios.
Esta falta de supervisión adecuada representa un grave riesgo para el control técnico y financiero, pues podría derivar en un uso inadecuado e irregular de los recursos públicos asignados para el proyecto.
Capacitaciones y plan de seguridad cuestionados. Otro punto crítico hallado es el manejo del componente “Seguridad durante la ejecución de la obra”. El expediente técnico aprobó partidas para la elaboración del Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo y para las capacitaciones al personal de la obra por un total de más de S/8,000, las cuales ya fueron pagadas.
El expediente técnico de la obra incluye una partida denominada “02.01 Elaboración del Plan de Seguridad en Obra y Salud” por un monto de S/3,000. Sin embargo, el mismo expediente técnico ya contenía un “Informe de Seguridad y Salud en el Trabajo” que cumple con todos los requisitos mínimos de un Plan de Seguridad y Salud establecidos en la norma G.050 del Reglamento Nacional de Edificaciones: objetivos, descripción del sistema de gestión, responsabilidades, análisis de riesgos, planes de emergencia y procedimientos de capacitación.
Es decir, se valorizó y pagó por la elaboración de un nuevo plan cuando ya existía uno aprobado y adjunto al expediente, lo que constituye un posible doble pago o gasto innecesario.
El expediente técnico aprobado asignó S/5,040 para la partida “02.02 Capacitación en Seguridad y Salud”, destinada a charlas y entrenamientos para el personal de obra. No obstante, el Plan de Seguridad y el propio expediente establecen en sus anexos que el responsable de estas capacitaciones es el “Jefe SSOMA y/o Ingeniero de prevención”, es decir, el especialista en seguridad y salud en el trabajo contratado como parte clave del plantel profesional del consorcio ejecutor.
Este profesional ya recibe un pago mensual reportado en los gastos generales variables de la obra, por un total de S/49,000 durante 7 meses, y dentro de sus funciones, según la ficha de homologación sectorial, se encuentra la capacitación constante del personal en temas de seguridad y salud ocupacional.
Por lo tanto, incluir y pagar una partida específica para capacitaciones, cuando esta obligación ya forma parte de los deberes del especialista (cuya remuneración ya está contemplada), constituye una duplicidad de pago e irregularidad presupuestal.
Durante la visita, el especialista confirmó estar realizando charlas diarias de seguridad antes del inicio de labores, sustentado en un registro entregado a la comisión. A pesar de ello, la omisión de detalles administrativos genera dudas sobre la adecuada aplicación y control de los recursos invertidos en seguridad.
El documento advierte que estas situaciones adversas contravienen normativas nacionales tales como la Ley de Contrataciones del Estado (Ley N° 30225) y el Reglamento Nacional de Edificaciones, que establecen principios de eficacia, eficiencia, y seguridad en obras públicas.
Asimismo, en el contrato firmado con el Consorcio Las Flores y en el contrato de supervisión, se especifican deberes claros para asegurar la correcta ejecución técnica, económica y administrativa de la obra. El incumplimiento de estas disposiciones constituye un riesgo para la transparencia y el buen uso de los fondos públicos.
Entre otras disposiciones, se señala que el supervisor tiene la obligación de velar permanentemente por la correcta ejecución y de aprobar únicamente trabajos efectivamente realizados, así como de garantizar la señalización y condiciones mínimas de seguridad.
El OCI recomienda que la Municipalidad Provincial de Zarumilla tome conocimiento oficial de las observaciones y adopte oportunamente las medidas preventivas y correctivas para garantizar la transparencia, la calidad y la oportunidad en la ejecución de esta importante obra pública.
Además, insta a comunicar al órgano de control en un plazo máximo de cinco días hábiles las acciones implementadas y su documentación sustentatoria, con el propósito de asegurar la correcta administración de los recursos y el cumplimiento normativo.
La obra de mejoramiento vial y peatonal en el AA.HH. Las Flores, adjudicada mediante Licitación Pública en abril del 2025, tiene un plazo de ejecución de 210 días calendarios.