La Contraloría General de La República publicó un informe de orientación de oficio 004-2023 con respecto a la “Adjudicación simplificada: procedimiento de selección para la contratación de la consultoría de obra para la supervisión de la obra: ampliación de la red de agua potable, alcantarillado, conexiones domiciliarias en el AA.HH. Las Ladrilleras, parte alta, provincia de Tumbes”.
De la revisión efectuada a la Adjudicación Simplificada se han identificado situaciones adversas que ameritan la adopción de acciones para asegurar la continuidad del proceso, el resultado o el logro de los objetivos del citado procedimiento de selección.
Una de las situaciones adversas es que el comité de selección otorgó la buena pro a un postor cuya promesa de consorcio incumplió con el porcentaje de participación establecido en las bases integradas del procedimiento de selección; hecho que genera el riesgo de incumplir con los objetivos de la contratación pública.
El 24 de noviembre de 2022, la Municipalidad Provincial de Tumbes, convocó el procedimiento de selección Adjudicación Simplificada AS-SM-39-2022-MPT-CS-1, para la contratación de la consultoría de Obra para la supervisión de la Obra: “Ampliación de la Red de Agua Potable, Alcantarillado, Conexiones Domiciliarias en el AA.HH. Las Ladrilleras, parte alta, provincia de Tumbes – Tumbes”, con un valor referencial de S/135 251,60.
Sobre el particular, de la revisión al numeral 3.1.2 – Consideraciones Específicas de las bases administrativas y bases integradas del citado procedimiento de selección se evidencia que, como parte de las condiciones de los consorciados se estableció lo siguiente: “el porcentaje mínimo de participación en la ejecución del contrato, para el integrante del consorcio que acredite mayor experiencia en obras similares, es más de 60%”.
De la revisión a las ofertas presentadas en el citado procedimiento de selección, se evidenció la presentación de tres ofertas; de las cuales sólo dos fueron admitidas (CONSORCIO INGENIERIA Y CONSORCIO SUPERVISOR SANEAMIENTO DEL NORTE).
En relación a la oferta presentada por el CONSORCIO INGENIERIA se advierte que el anexo n.° 5 – Promesa de Consorcio describe como porcentaje de participación del señor Juan Stalin Velarde Sagastegui el 60% y del señor Juan Marx Velarde Sagastegui 40%.
Es decir, la citada propuesta no cumplió con el porcentaje mínimo de participación establecido en las bases integradas del procedimiento de selección; toda vez que debió ser mayor a 60%.
Por lo expuesto, la oferta del postor “CONSORCIO INGENIERIA” no debió ser admitida; no obstante, se advierte que el Comité de Selección le otorgó la Buena Pro, pese al claro incumplimiento de lo establecido en el numeral 3.1.2 de las bases administrativas y bases integradas del procedimiento de selección.
Resulta importante mencionar que, a la fecha de emisión del presente informe de Orientación de Oficio, el contrato que deviene del otorgamiento de la buena pro fue emitido el 11 de enero del 2023 y cuenta con los vistos de la Gerencia de Desarrollo Rural y Urbano, Asesoría legal, Planificación y Presupuesto, Administración y Subgerencia de Obras Públicas; pero aún no ha sido suscrito por la Gerencia Municipal, encontrándose el expediente en la citada área.
La situación adversa identificada en el presente informe se sustenta en la revisión y análisis de la documentación e información obtenida por la Comisión de Control, la cual ha sido señalada en la condición y se encuentra en el acervo documentario de la Entidad.
La Contraloría puso de conocimiento al Titular de la Entidad, el alcalde de Tumbes Hildebrando Antón, el presente Informe de Orientación de Oficio, el cual contiene las situaciones adversas identificadas como resultado de la Orientación de Oficio a la Adjudicación Simplificada AS-SM-39-2022-MPT-CS-1, con la finalidad que se adopten las acciones preventivas y correctivas que correspondan, en el marco de sus competencias y obligaciones en la gestión institucional, con el objeto de asegurar la continuidad del proceso, el resultado o el logro de los objetivos de la Adjudicación Simplificada AS-SM-39-2022-MPT-CS-1.
Se le hizo de conocimiento al alcalde de Tumbes que debe comunicar al Órgano de Control Institucional, en el plazo máximo de cinco días hábiles, las acciones preventivas o correctivas adoptadas o por adoptar, respecto a las situaciones adversas contenidas en el presente Informe de Orientación de Oficio, adjuntando la documentación de sustento respectiva.

