Vehículos utilizados para el contrabando
La Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Tumbes obtuvo sentencias que declaran fundadas las demandas de Extinción de Dominio.
En el proceso seguido en el expediente N°00006 -2023- 0-2601- JR- ED- 01 respecto del bien vehículo placa de rodaje C6M 831 cuyo valor referencial asciende a la suma de veintiséis mil doscientos ocho soles con noventa y nueve céntimos (S/. 26 208.99) y en el proceso seguido en el expediente N° 00055- 2022-0- 2601 -JR- ED-01 respecto del bien vehículo placa de rodaje T7L 800 cuyo valor referencial asciende a la suma de ochenta y tres mil seiscientos treinta y cuatro soles con cuatro céntimos (S/. 83 634.04) por cuanto en ambos casos se logró acreditar a través del análisis y valoración del caudal probatorio que dichos vehículos eran instrumentalizados para la comisión del delito de contrabando, advirtiendo que, si el destino del bien es ilícito, no se puede pretender derecho alguno sobre ese bien.
En ambos procesos se dispuso extinguir los derechos que ostentaban sus respectivos propietarios disponiendo su transferencia a nombre del Estado Peruano, representado por el Programa Nacional de Bienes Incautados (PRONABI).
Ante lo expuesto, la Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Tumbes se reafirma en su compromiso de indagar todo bien patrimonial que constituya objeto, instrumento, efectos o ganancias que tienen relación o que se derivan de las actividades ilícitas que establece la ley, para declarar su titularidad en favor del Estado.