Corte Suprema declara fundada su solicitud y permite retomar actividades privadas, aunque mantiene restricciones para cargos públicos
El Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria de la Corte Suprema de Justicia declaró fundada la solicitud de Bienvenido Ramírez Tandazo, permitiéndole recuperar ciertos derechos tras cumplir las penas impuestas, en un fallo que cierra un largo proceso judicial iniciado años atrás.
Según la resolución emitida el 7 de abril de 2025, recogida en el Recurso de Apelación N.º 36-2025/Suprema, se estableció que la pena privativa de libertad impuesta bajo el artículo 36°, numeral 1 del Código Penal venció el 7 de diciembre de 2019, mientras que las inhabilitaciones previstas en los numerales 2 y 8 del mismo artículo culminan el 9 de julio de 2025. Estas últimas inhabilitaciones se refieren exclusivamente al ámbito en que Ramírez Tandazo ejercía su cargo, es decir, el Congreso, sin aplicarse a otros cargos públicos. Hasta el vencimiento de ese plazo, no podrá obtener mandato, cargo, empleo o comisión de carácter parlamentario. Además, no está impedido para ejercer la profesión de médico en el sector público o privado, ya que esta actividad no está incluida en las restricciones mencionadas.
Sin embargo, se mantiene vigente la prohibición de ejercer funciones públicas o cargos de dirección en personas jurídicas mientras dure la condena, bajo apercibimiento de remitir copias al Ministerio Público en caso de incumplimiento, conforme al artículo 368° del Código Penal.
Este fallo representa un hito en el proceso judicial del excongresista sancionado por delitos vinculados al ejercicio de la función pública. La resolución reafirma el principio de temporalidad de las penas y el respeto al debido proceso, al tiempo que advierte sobre las consecuencias legales en caso de reincidencia. La decisión fue debidamente notificada y abre la posibilidad para que Ramírez Tandazo retome actividades en el ámbito privado, siempre bajo estricto cumplimiento de las restricciones legales vigentes.