En el link de consultas de expedientes judiciales – CEJ – que es de acceso público, se ha colgado la RESOLUCIÓN NÚMERO SIETE de fecha 08 de noviembre del 2022, emitida por el Juez Rodrigo Marcial Cueva Ramirez, Juez del Juzgado Civil Permanente de la Corte Superior de Justicia de Tumbes, que resuelve dejar sin efecto las RESOLUCIONES CUATRO Y CINCO de 12 de octubre del 021 y 12 de noviembre del 2021, respectivamente; y cancela la medida cautelar concedida mediante RESOLUCIÓN NÚMERO DOS de fecha 04 de diciembre del 2019, a iniciativa de una investigación preliminar N° 2141-2022-TUMBES.
Para mejor entendimiento del público, les describimos la historia. Con Resolución N° 0080-2019-CG/SALA 1 de fecha 29 de marzo del 2019, el Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas de la Contraloría General de la Respública confirma la Resolución N° 003-591-2018-CG/SAN y sanciona a Jose de la Rosa Cruz Martines – hoy Rector de la Universidad Nacional de Tumbes – con tres años de inhabilitación para el ejercicio de la función pública. Sin embargo, el Juez Rodrigo Marcial Cueva Ramirez emite sentencia a través de la RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO de fecha 28 de octubre del 2019 que declara fundada la demanda contenciosa administrativa promovida por José de la Rosa Cruz Martinez y nulo todo lo actuado por la Contraloría General de la República en lo que respecta al procedimiento administrativo sancionador que lo inhabilita por tres años para el ejercicio de la función pública. Asimismo; con RESOLUCIÓN NÚMERO DOS de fecha 04 de diciembre del 2019 emitida por el Juzgado Civil Permanente de la Corte Superior de Justicia de Tumbes a cargo del mismo Juez Rodrigo Marcial Cueva Rodriguez, declara procedente la solicitud de media cautelar peticionada por el hoy Rector de la Untumbes y suspende los efectos de las resoluciones emitidas por el Organo Contralor, hasta la resulta definitiva de lo sentenciado en el cuaderno principal
Pero, resulta que a través de la RESOLUCIÓN NÚMERO DIEZ, de fecha 03 de setiembre del 2020, la Sala Especializada en lo Civil emite sentencia de vista, revocando la sentencia emitida por el Juez Rodrigo Marcial Cueva Ramirez que declara fundada la demanda contenciosa administrativa promovida por el hoy Rector de la Untumbes contra la Contraloría General de la República, declarándola infundada. Es decir, deja sin efecto la RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO de fecha 28 de octubre del 2019 y en consecuencia; el Juez Rodrigo Marcial Cueva Ramirez, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 630° del Código Procesal Civil, de oficio, debió cancelar (dejar sin efecto) la medida cautelar a favor de José de la Rosa Cruz Martinez, pero, no lo hizo, con lo cual el hoy Rector de la Untumbes, debió desde el 28 de octubre del 2019, estar inhabilitado para ejercer la función pública y no habría podido postular al rectorado de la Untumbes en las elecciones del 21 de octubre del 2021. ¿Por qué no canceló la medida cautelar? Sólo el referido magistrado debe saber la respuesta de no actuar conforme a ley.
Posteriormente y por solicitud de cancelación de la medida cautelar de parte de la procuraduría de la Contraloría General de la República, el Juez Rodrigo Marcial Cueva Ramirez emite la Resolución Número Cuatro de fecha 12 de octubre del 2021 y responde que el expediente principal con fecha 03 de marzo del 2021 ha sido remitido en casación a la Sala Suprema de la Corte Superior de Justicia de Lima y agrega que la procuraduría debe hacer sus pedidos en su oportunidad de ser el caso; es decir, a sabiendas de que debe dejar sin efecto la medida cautelar a favor de José de la Rosa Cruz Martinez, elude, nuevamente, el cumplimiento de sus funciones, al parecer, con fines no legales o presuntamente corruptos. Seguidamente y por negligencia de la Procuraduría de la Contraloría General de la República al presentar un recurso de reposición – entiéndase recurso impugnatorio – resolvió que el recurso es extemporáneo y no se pronunció sobre el fondo del asunto.
Como se ha indicado al inicio de la presente nota periodística, el referido magistrado ha emitido la RESOLUCIÓN NÚMERO SIETE de fecha 08 de noviembre del 2022, emitida por el Juez Rodrigo Marcial Cueva Ramirez, Juez del Juzgado Civil Permanente de la Corte Superior de Justicia de Tumbes, que resuelve dejar sin efecto las RESOLUCIONES CUATRO Y CINCO de 12 de octubre del 021 y 12 de noviembre del 2021, respectivamente; y cancela la medida cautelar concedida mediante RESOLUCIÓN NÚMERO DOS de fecha 04 de diciembre del 2019. Pero, además responsabiliza al secretario judicial Anaximandro Adrianzen Rivas de lo actuado, ilegamente, por su Judicatura, lo que al parecer es un modus operandi en su actuación como Juez, como se advierte de otros hechos sucedidos anteriormente en el ámbito de su Despacho.
Todo lo actuado en el ámbito de la judicatura del Juez Rodrigo Marcial Cueva Ramirez, aparentemente, ha beneficiado al hoy Rector de la Untumbes; pues, al no estar inhabilitado debiendo estarlo pudo acceder al cargo que hoy ostenta sin mayor problema y se desconoce si ya fue notificado el Rector de la Untumbes con la RESOLUCIÓN NÚMERO SIETE de fecha 08 de noviembre del 2022; pues, a partir de la notificación de este acto resolutivo cobraría vigencia su inhabilitación y, en consecuencia, tendría que dejar el cargo de rector. Y si no está notificado, ¿por qué aún no lo está? Llaman a la puerta, Poder Judicial.
Según el Informe Técnico 000611-2022-Servir-GPGS de fecha 19 de abril del 2022, entre otras conclusiones, en tanto se encuentre vigente la sanción accesoria de inhabilitación impuesta a un servidor o funcionario – caso en que se encontraría el Rector -, dicha persona no podrá laborar para la Administración Pública sin importar el régimen laboral o modalidad de contratación. Solo se permitiría una nueva vinculación con el Estado una vez que haya transcurrido el plazo de la inhabilitación. En efecto, la inhabilitación debe entenderse en sentido amplio, toda vez que expresamente las normas que la regulan han dispuesto que aquella persona sobre la cual recae dicha sanción se encuentra impedida de ejercer la función pública, inclusive si dicha función se realiza ad honorem.
La actuación del Juez Rodrigo Marcial Cueva Ramirez, al parecer, siempre está vinculada al Rector y a su movimiento político MIRE; pues, en la oportunidad de la postulación del médico Luis Arévalo al Gobierno regional de Tumbes, también, emitió una resolución que le permitía postular en las elecciones regionales y luego a instancia del JEE – Tumbes, dejó sin efecto, la resolución emitida a favor del indicado postulante.
El Juez Rodrigo Marcial Cueva Ramirez, ya tiene antecedentes de denuncias que han generado en la colectividad tumbesina sospechas de su imparcialidad y transparencia, como se puede evidenciar en el caso del Mercado de Tumbes, cuyo expediente es el N° 00017-2021 y que fueron publicados en el Diario Tumbes 21 de fecha 19 de mayo del 2021, además de otros casos, de los cuales estamos buscando la evidencia necesaria para proceder a la denuncias correspondientes.
Así pues, nuestra primera institución universitaria al parecer, no sólo estaría liderada por una presunta organización criminal que sigue tomando cuerpo con fines no éticos ni morales y que sus límites no tienen compasión frente a la legalidad que se requiere en una alma mater universitaria; sino que, además, quien ejerce el cargo de Rector está inhabilitado.
La Sunedu, la Contraloría General de la República, la Junta nacional de Justicia, la Ocma del Poder Judicial, la Defensoría del Pueblo, la Fiscalía de Turno, Servir y la ciudadanía en general, deben tomar acciones que respeten la legalidad de las actuaciones públicas y con el ánimo de evitar mayores actos de corrupción en la entidad pública emblemática de nuestra región.