A través de la Resolución Suprema N° 186-2022 publicada el viernes 30 de septiembre por el Ministerio del Interior, se dio por concluida la designación de la señora Diana Clarisa Huaman Neyra en el cargo de Prefecta Regional de Tumbes; y se dispuso que, en adelante, el cargo sea ocupado por el profesor Williams Cornejo Lavalle.
De acuerdo al texto del citado documento donde se puede corroborar que según el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, establece que el Ministerio del Interior tiene entre otras funciones específicas, dirigir y supervisar las funciones de las autoridades políticas designadas, con alcance nacional y que, el artículo 161 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN, señala que los Prefectos Regionales son designados por Resolución Suprema refrendada por el Ministro del Interior a propuesta del Viceministerio de Orden Interno; Que, con Resolución Suprema N° 232-2021-IN se designa a la señora Diana Clarisa Huaman Neyra en el cargo de Prefecta Regional de Tumbes; Que, en aplicación del literal c) del artículo 118 del citado Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones, el Despacho Viceministerial de Orden Interno, a propuesta de la Dirección General de Gobierno Interior, considera conveniente dar por concluida la designación de la citada señora en el cargo de Prefecta Regional de Tumbes y designar al señor Williams Cornejo Lavalle en dicho cargo.

Además, en pie de página dónde aparece la firma del Ministro de Interior y el Presidente de la República, el mismo texto indica que resuelve lo siguiente; Artículo 1. Dar por concluida la designación de la señora Diana Clarisa Huaman Neyra en el cargo de Prefecta Regional de Tumbes, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo.2.-.Designar al señor Williams Cornejo Lavalle en el cargo de Prefecto Regional de Tumbes La presente Resolución refrendada por el Ministro del Interior.

