Pese a las claras instrucciones del organismo supervisor, la administración del hospital declaró el consentimiento de la buena pro el 1 de octubre de 2025
El Hospital Regional José Alfredo Mendoza Olavarría (JAMO II-2) de Tumbes desató un nuevo escándalo al hacer caso omiso a las disposiciones del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas (OECE), avanzando con una adjudicación que presenta serias irregularidades en el proceso de licitación para servicios de tomografías.
El Órgano de Control Institucional del hospital emitió el informe de Orientación de Oficio N° 025-2025 el 7 de octubre, advirtiendo que la entidad no estaría cumpliendo con lo dispuesto en el dictamen sobre el Concurso Público Abreviado para la «Contratación del Servicio de Tomografías Espiral Multicorte (T.E.M)».
El dictamen del OECE, emitido por la Sub Dirección de Supervisión de Procedimientos Competitivos y publicado el 29 de septiembre en el portal SEACE, establece categóricamente que corresponde a la autoridad administrativa declarar la nulidad del presente procedimiento de selección debido a transgresiones identificadas en las conclusiones del documento.
La disposición especifica que el proceso debe retroceder hasta la etapa de absolución de consulta y observaciones e integración de bases, conforme al artículo 70 de la Ley General de Contrataciones Públicas, considerando las trasgresiones advertidas en el procedimiento ya adjudicado.
Pese a las claras instrucciones del organismo supervisor, la administración del hospital declaró el consentimiento de la buena pro el 1 de octubre de 2025, apenas dos días después de la publicación del dictamen que ordenaba la nulidad del proceso. Esta decisión evidencia un claro desacato a las disposiciones del órgano rector en contrataciones públicas.
El OCI había exhortado formalmente a la entidad para que adopte las acciones correspondientes en mérito al dictamen del OECE. Sin embargo, al 7 de octubre, dicho documento no habría sido tramitado por la dirección ejecutiva del hospital, según el sistema de gestión documentaria institucional.
La situación identificada constituye una grave violación a múltiples principios establecidos en la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, específicamente los principios de legalidad, transparencia, libertad de concurrencia y competencia. La normativa establece claramente que las partes involucradas en procesos de contratación deben actuar con respeto a la Constitución y las leyes, dentro de las facultades atribuidas.
El hospital también incumple el artículo 28 de la ley, que establece que la autoridad de la gestión administrativa es responsable de implementar las medidas correctivas o preventivas recomendadas por el OECE, incluyendo la supervisión del cumplimiento de los fines públicos en todas las fases del proceso de contratación.
Este nuevo escándalo se suma a una larga serie de irregularidades detectadas en el Hospital JAMO.