En el ojo de la tormenta se encuentra los integrantes de la  Sala Penal de Apelaciones  de la Corte Superior de Justicia de Tumbes luego que a través de un polémico fallo  liberó  a dos sujetos que habían sido procesados por estar inmersos en la incautación de más de 670 kilos de marihuana “Cripy”, y sentenciados a quince años de cárcel en el 2019.

LOS HECHOS. El lunes 22 de octubre del 2018, la Policía incautó 679 kilos 300 gramos de droga camuflada dentro de 74 muebles y enseres contraplacados, que iban a ser despachados desde una agencia de transportes de Aguas Verdes, cuyo destino final era el país de Chile.

Los agentes del orden se dirigieron al almacén de la empresa Cruz del Sur, ubicado en el jirón Amazonas 219, para realizar la verificación de un cargamento de mudanza llevada a cabo de Ecuador hacía Aguas Verdes.

Durante la operación fue intervenido el ciudadano colombiano José Álvaro Cruz (60), además de los peruanos José Edilberto Jiménez Peña (45) y César Augusto Montalván Cruz (25),  este último quedó en libertad al no estar implicado en el envió de la droga.

Mercancía estaba  valorizada en 3’250,000 dólares y decomiso fue posible tras dos meses de labor de inteligencia.

15 AÑOS DE CÁRCEL. A través de la resolución número 10 de fecha 28 de noviembre del año 2019, del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Tumbes con el que se condenó  a 15 años de cárcel,  por el delito de tráfico ilícito de drogas a José Álvaro Cruz y José Edilberto Jiménez Peña

Sin embargo, la Sala, conformada por Perú Valentín Jiménez La Rosa, Oswaldo Velarde Abanto y Susana Mejía Novoa ordenó la liberación de José Edilberto Jiménez Peña y del colombiano José Álvaro Cruz.

Asimismo determinó  que se revoque la condena de 15 años de cárcel a  José Jiménez, por el delito de tráfico ilícito de drogas. Además, dispone que se anule los antecedentes policiales y judiciales generados al referido procesado como consecuencia de los hechos materia de investigación en este proceso. Además, que  declara nula la sentencia contra José Álvaro Cruz y dispone que otro Juzgado Colegiado convoque a otro juicio oral, por lo que ordena la libertad del extranjero.

Como se ha informado Jiménez Peña (peruano) al igual que el colombiano se encontraban cumpliendo la  condena en el penal de Puerto Pizarro.

Según el Poder Judicial  es que la  Fiscalía Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas de Tumbes  no ha demostrado que el estibador José  Jiménez Peña tenía conocimiento que los muebles que era materia de mudanza traían camuflada droga, habiendo cumplido este con su rol de traslado y depósito en la empresa de transportes en Aguas Verdes.

En lo que respecta al colombiano  ordena que se lleve a cabo un nuevo juicio a fin de establecer si los muebles entregados son los mismos que llegaron desde Colombia a una agencia de Tumbes.

Hasta el cierre de esta nota, la ODECMA no se ha pronunciado al respecto por el polémico falló.

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