El Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio, a cargo de la jueza Roxana Amaya Pazo a través de una sentencia  dispuso que un bien inmueble de propiedad de Fernando Rafael Viñas Dioses, valorizado en S/ 4’673,497.50 pase al Programa Nacional de Bienes Incautados–PRONABI, a pedido de la  Fiscalía Provincial Transitoria Especializada en Extinción de Dominio de Tumbes. 

Según la Resolución Número Siete, de fecha 06 de enero del 2021, a la que Hechicera tuvo acceso. 

El 12 de marzo de 2020, la fiscalía  interpuso demanda de extinción de dominio del bien inmueble, predio rural La Buena Esperanza II, lote 10, con unidad catastral N° 00230, del distrito y provincia de Zarumilla, departamento de Tumbes, con un área de 15.70 hectáreas; bien inmueble inscrito en la partida N° 04008290, de la Zona registral N° 1 Sede Piura – Oficina Registral Tumbes, inmueble que se encuentra inscrito a favor de Fernando Rafael Viñas Dioses, pretendiendo se declare la extinción de dominio del referido bien y se disponga que la titularidad del mismo pase a nombre del Estado, representado – PRONABI. 

La fiscalía ha configurado la concurrencia de dos presupuestos en función a los siguientes hechos: En mérito a la indagación patrimonial realizada por la fiscalía, se ha recabado la sentencia de fecha 11 de marzo de 2019, en la cual el Juzgado Colegiado Penal Nacional emitió sentencia en el proceso N° 322-2014, en donde ha sido condenado  Fernando Rafael Viñas  y demás familiares como coautores del delito contra la administración pública y por el delito contra el régimen internacional y nacional de prevención del lavado de activos, y el decomiso del bien antes detallado.

Asimismo, en la indicada sentencia ha señalado el colegiado que las actividades ilícitas se encuentran relacionadas con el delito de lavado de activos, ya que los coacusados, entre los que se encuentra Gerardo Fidel Viñas Dioses y el hoy requerido, no contaban con el suficiente poder adquisitivo para hacerse de la propiedad de diversos bienes muebles e inmuebles, cuyas adquisiciones no se podían justificar debido al alto costo de los mismos, además las actividades económicas desconocidas de los coacusados, así como su déficit patrimonial, siendo que en el caso específico del hoy requerido Fernando Rafael Viñas Dioses. 

En la referida sentencia se ha precisado que se ha probado que Fernando Rafael, siguiendo el plan criminal ideado por Gerardo Fidel Viñas, el 21 de diciembre de 2013, acepta de su madre Mercedes Dioses viuda de Viñas, bajo la modalidad de anticipo de legítima, el lote 10, con unidad catastral 00230 del citado fundo, el cual es valorizado en la suma de S/ 30,373.00, acto que es inscrito en el asiento N° C00004, de la partida registral N° 04008290. 

Igualmente, se señala en dicha sentencia que se ha podido advertir que el valor que se consignó en el anticipo de legítima es alto en comparación al supuesto precio de adquisición ascendente a la suma de S/ 7,850.00, valor que además es contradictorio con el precio de tasación comercial brindado por los peritos que asciende a la suma de S/ 4’673,497.50, precio que resulta contradictorio con el precio de adquisición, lo que evidencia una subvaluación en el precio de venta.

Asimismo, no obstante la subvaluación del inmueble, la acusada Mercedes Dioses Viuda de Viñas tampoco tenía la capacidad económica para pagar dicho monto, pues en dicha fecha no realizaba actividad económica; con lo cual ha quedado evidenciado que Mercedes Dioses Viuda de Viñas ha servido de instrumento para concretar el plan criminal de su hijo Gerardo Fidel Viñas Dioses, sostiene la fiscalía.

Dato

El origen de este inmueble está relacionado a las actividades ilícitas del expresidente regional de Tumbes, Gerardo Viñas Dioses, quien fue condenado a 11 años de prisión por el delito de lavado de activos.

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