El Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Tumbes a cargo de la Jueza Supernumeraria Mirtha Paola Rojas Rojas, denegó el pedido de seis meses de prolongación de prisión preventiva contra un sujeto detenido con más de 800 kilos de droga, ordenando su inmediata libertad del penal de Puerto Pizarro.

Cabe mencionar que la Fiscalía Provincial  Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas de Tumbes, a cargo del fiscal  Manuel Arnaldo Malpartida Solano, había solicitado 6  meses de la medida coercitiva;  sin embargo, la jueza declaró infundado dicho pedido contra Cesar Augusto Ancajima Nole por el presunto delito contra la salud pública en la modalidad de tráfico ilícito de drogas y ordenó su libertad del establecimiento del penal de Puerto Pizarro en donde venía cumpliendo 9 meses de cárcel preventiva.

Cabe mencionar que la audiencia se realizó el 14 de febrero del 2022, un día antes que culmine la prisión preventiva. La tesis de la magistrada es que no habría dificultad en el proceso, y que los 9 meses de prisión preventiva es suficiente. Al cierre de esta nota, Ancajima Nole estaba a punto de abandonar el establecimiento de Puerto Pizarro. 

17 AÑOS DE CARCEL. La Fiscalía Provincial  Especializada en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas desde hace tres meses ha presentado la Acusación Fiscal en donde ha solicitado 17 años de cárcel efectiva contra el investigado   Ancajima Nole, por el citado delito, pero a la fecha no se ha programado  la audiencia para el inicio al  juicio oral. Es decir, este caso viene durmiendo en los pasillos de la Corte Superior de Justicia de Tumbes.

Se nos informó que el Ministerio Público ha culminado la investigación dentro del plazo establecido en el Art. 342 del Código Procesal Penal, sin embargo, al parecer dicho juzgado no habría tenido en cuenta el pedido de la Prolongación de la Prisión Preventiva.

LOS HECHOS. El Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Tumbes, dictó nueve meses de prisión preventiva contra Cesar Augusto Ancajima Nole por el presunto delito de tráfico ilícito de drogas. Asimismo, ordenó comparecencia con restricciones contra José Maza Merino y Luis Alexander Flores Morquencho.

De acuerdo con el sustento fiscal, el 16 de mayo de 2021, a las 11:00 horas aproximadamente, el personal policial del Área especializada Antidrogas PNP – Tumbes se apersonó a la fábrica hielera denominada “Hielos y Servicios Tumbes S.AC”, ubicado en la Av. Panamericana Norte Km. 1275, donde se encontraba un vehículo mayor (camión), de placa de rodaje F1G-713, que contenía cubetas de color naranja y celeste, con la inscripción «Ancajima», y unos sacos de polietileno de color negro; el cual fue conducido por Cesar Augusto Ancajima Nole.

Posteriormente, se analizó el contenido de los sacos y al realizar el procedimiento químico DETEC 4 DRUG, arrojo una coloración rojiza que orienta positivo para Cannabis Sativa – Marihuana, del mismo modo, se realizó el Coca Test, el cual arrojó una coloración azul turqueza que orienta positivo para Alcaloide de Cocaína; realizándose el pesaje de las muestras, se determinó que las 534 muestras tiene un peso bruto total de 829.350 Kg. de Cannabis Sativa – Marihuana y las 20 muestras tienen un peso bruto total de 24.800 Kg. de Alcaloide de Cocaína.

Es por ello que, durante la audiencia virtual, la Dra.  Vanessa Roque Ruiz, jueza del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Tumbes, dictó fundado al pedido del señor fiscal ordenando nueve meses de prisión preventiva a Cesar Augusto Ancajima Nole, por el delito de tráfico ilícito de drogas, y se computará desde su detención del 16 de mayo del 2021, hasta el día 15 de febrero del 2022; disponiéndose se giren los oficios de internamiento al Establecimiento Penitenciario de Puerto Pizarro que decida la autoridad penitenciaria.

En el caso de José Maza Merino y Luis Alexander Flores Morquencho, se dictó comparecencia con restricciones como: acudir cada 15 días a fin de firmar el registro biométrico correspondiente, imponer una caución económica en la suma de S/. 3, 000.00 soles a cada uno, los mismos que deberán ser pagados dentro de los 15 días hábiles y no ausentarse de la ciudad de Tumbes, sin previa autorización del Juzgado.

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