La profesora Ana María Ortiz Cabrera aclara que la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, jamás observó su perfil profesional muy por el contrario le precisa que tan sólo le declara improcedente, por no encontrarse el acto impugnable en el petitorio solicitado.
A través de la Resolución N.º 000620-2022-SERVIR/TSC-Segunda Sala, de fecha 18 de marzo de 2022, en el cuatro de merinos finales, que elevó Ortiz Cabrera dice: “Alcanzó evidencias y exijo nulidad inmediata de adjudicación y acto resolutivo (RRS. N.º 00881-2021-DRET), para la encargatura de especialista de ETP: A. M. R. por incumplir los requisitos de la RVM N.º 255-2019- MINEDU, al no haber renunciado al cargo, oportunamente, y por graves vicios y faltas normativas durante el proceso de convocatoria.
Que, según sus criterios se debe solicitar la anulación del cuadro de resultados finales; más no la resolución que da por ganadora a la otra parte.
La docente resaltó que en ninguna de las siete páginas y considerandos, jamás SERVIR expresa que la declara improcedente porque su postulación no cumple con el perfil profesional requerido en la norma N.º 255-2019-MINEDU, de igual forma no se advierte párrafo alguno que precise que no es apta para el cargo, así también no refiere que su título profesional universitario de segunda especialidad en educación para el trabajo: cosmetología, no es válido, no indica que su perfil profesional no califica para tener el derecho de postular en un futuro a un cargo jerárquico de mayor responsabilidad.
Añade, que siendo esto los fundamentos en los que se basó la comisión para declararla no apta, razones por las cuales la descalifican, deshonran, humillan públicamente y le roban el derecho para declararla como ganadora absoluta; y en vista que no pone en tela de juicio los demás sustentos presentados en el expediente.
Ortiz Cabrera exigió al director de la Dirección Regional de Educación de Tumbes (DRET) Roberto Medina Rengifo, anular la resolución porque tiene facultad para hacerlo, por ser tácito que todo está a favor de la profesora Ortiz.
Asimismo, refiere que SERVIR le precisa en la resolución en mención, que pudo paralizar el concurso que estaba en su derecho, y pudo hacer per se, indefensión (defenderse) puesto que se encontró facultada, además de impugnar el cuadro de mérito final del proceso de encargatura, en el que resultó no apta. Sin embargo, sí lo hizo en Contraloría, Defensorio Fiscalía, GORE, DRET, OCI, visitó la prensa escrita, oral, redes sociales entre otras y nadie hizo nada.
Por último, sostiene que, más aún el actual director Medina Rengifo sabiendo que fue así no ha tenido el juicio, criterio legal, administrativo, ni el mínimo discernimiento para resolver, muy por el contrario, se ha ubicado en la misma línea de ex director, tan sólo para seguir haciendo maltrato, siendo educadores, lo que deja un mal ejemplo para la región Tumbes.
Dato: Cabe mencionar, que la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Tumbes, por la presunta comisión del delito contra la Administración Pública en la modalidad de Tráfico de Influencias y Otros, en agravio del Estado – DRET. Este caso también se encuentra en el juzgado en Acción de Contencioso Administrativo N.º 353-2022-0-2601-JR-LA-01.
