La Contraloría General de La República alertó sobre inconsistencias en la reconstrucción del Hospital de Apoyo Saúl Garrido Rosillo II-1 de Tumbes, valorizado en más de S/189 millones y con un plazo de 780 días. Vale resaltar que el proyecto, que cuenta con una supervisión que asciende a S/10 millones, está financiado por la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (ARCC), inició el 12 de abril del 2023 y está a cargo del Gobierno Regional de Tumbes.

En el informe de Hito de Control n°7283-2023-CG/GRTB-SCC, se advierte que, en la partida de trabajos previsionales, respecto al retiro de cerco de palos y púas metálicas, se consideró mayor metrado a lo encontrado en el terreno. En el expediente se indicó un área de casi 786 metros, pero en la visita de inspección del 13 de abril, se evidenció que son 72 m., generando el riesgo del uso inadecuado de los recursos públicos. Asimismo, en el perímetro del terreno se establecieron 4 puntos, pero en 2 de ellos no hay presencia de cerco por ser de ladrillo.

Sumado a ello, de acuerdo al estudio de mecánica de suelos, la mayoría de las excavaciones debería tener una profundidad de 4 m., pero solo 3 de las existentes sobrepasan este tamaño. Sin embargo, el expediente técnico contempla una estructura superficial sobre el terreno natural, cuya profundidad llega hasta los 4 m., y también el uso de elementos constructivos especiales de hasta 15 m. de altura, superando los niveles de exploración realizados, lo que también conlleva a que no se cumpla el Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE) y genera el riesgo de realizar gastos no programados.

Además, en la visita de control del 28 de marzo, la comisión de control evidenció que el contratista se encontraba realizando trabajos de topografía, pese a que no se había dado inicio a la ejecución de la obra, y que, según el mismo personal, venían efectuando desde días previos, del 25 al 27 de marzo. Aunado a ello, en tales fechas no se había notificado qué empresa estaba a cargo de la supervisión, vulnerando así a lo señalado en el artículo 73° del Reglamento de Contratación Pública Especial, que regula las condiciones para el inicio del plazo.

En otro aspecto, la entidad otorgó el pago del adelanto directo, que excede el 10% del contrato, a pesar de recibir una garantía con un monto menor al desembolsado, por seguir el importe de la factura emitida y que no correspondía a lo solicitado, recibiendo la aprobación y conformidad del subgerente de obras y gerente de infraestructura, y siendo tramitado y pagado por las oficinas de administración, contabilidad y tesorería. Cabe resaltar que dicha acción infringe el Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios.

El documento fue enviado al gobernador regional, para que adopte las acciones necesarias y se encuentra publicado en el Buscador de Informes de Servicio de Control del portal institucional www.gob.pe/contraloria en aras de la transparencia y acceso a la información. 

DEFICIENCIAS EN LAS BASES DEL PROCESO DE SELECCIÓN. La Contraloría General alertó deficiencias en las bases integradas del procedimiento de contratación pública para la reconstrucción del Hospital de Apoyo Saul Garrido Rosillo II-1, del distrito de Tumbes, convocado por el Gobierno Regional. El documento fue elaborado por el comité de selección y aprobado por el gerente regional de infraestructura, publicándose en el portal web del Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE).

Según el informe de Acción de Oficio Posterior n° 328-2023-CG/GRTB-AOP, se advierte que en el capítulo IV de las bases, se requiere experiencia en la ejecución de obras similares durante los 8 años anteriores a la presentación de oferta, así como que tener la acreditación por un máximo de 10 contrataciones, lo que coincide con las bases estándar de contratación para la Reconstrucción con Cambios (RCC). Sin embargo, la comisión de control detectó que, en el capítulo III, sobre la experiencia del postor en la especialidad, se indica que deben tener 10 años de antigüedad y acreditarse con 20 contrataciones como límite, evidenciándose una clara contradicción y vulneración a la normativa de la RCC. 

Por otro lado, en la sección de adelantos para materiales o insumos, el comité de selección estableció que no deben superar al 20% del monto del contrato, debiendo ser entregados en un plazo de 8 días y solicitados con 7 días de anticipación, de acuerdo al calendario de adquisiciones; situación que vulnera lo establecido en el artículo 76° del reglamento de contratación pública para la RCC, que señala como plazo para la entrega 5 días y 10 por requerimiento, generando incongruencias en los plazos, información inadecuada y confusa para los participantes.

Del mismo modo, en la sección referida al personal requerido se reveló diferencias entre lo establecido en el puesto y en su formación académica, en el caso del ingeniero de campo, en el numeral 52 se indica que solo puede ser ingeniero civil y en el literal C1 de la formación se señala que también puede ser arquitecto. Asimismo, se incluyó un especialista en equipamiento sin especificar su perfil profesional.

Respecto a la liquidación de la obra, en el capítulo II se considera que la entidad tiene 30 días para efectuar el pago correspondiente, pero en el capítulo III se colocó que el plazo es de 15 días, exponiendo otra contradicción.

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