El alcalde de Tumbes Jimy Silva Mena y sus funcionarios fueron notificados formalmente con respecto a la comisión de presuntos ilícitos penales de colusión y negociación incompatible que habrían determinado adjudicación indebida e ilícita en otorgamiento de buena pro de la obra “Rehabilitación Del Servicio De Saneamiento Básico Del Sector Noreste, Centro Poblado De Pampa Grande”.
En el documento se solicita que se declare la nulidad del procedimiento de contratación y la no visación del contrato.
Según se detalla, existió una forma arbitraria de parte del Comité de Selección encargado de conducir el procedimiento de selección, quienes han otorgado la buena pro de dicho procedimiento de selección a un consorcio que no cumplió con los requisitos de admisión, comportamiento que evidencia un aparente direccionamiento en los y que podría incurrir en el trámite administrativo de elaboración y suscripción del contrato de ejecución de obra.
Por ello, se le recomendando al titular de la Entidad declare la nulidad del mismo, y que no vise el contrato de ejecución de obra, caso contrario en caso, será pasible de las responsabilidad administrativa, civil y penal.
INDEBIDA ADMISIÓN DE OFERTA. En el documento, se menciona que durante la revisión de la documentación se aprecia que la oferta presentada por el Postor CONSORCIO PAMPA GRANDE (conformada por la Empresa CONSTRUCCION Y SERVICIOS LOGISTICOS S.A. y PYVCONTRATISTAS E.I.R.L.), solo adjunta (Folio 18), una Carta de Línea de Crédito emitida a favor de la empresa consorciada CONSTRUCCION Y SERVICIOS LOGISTICOS S.A., no adjuntando la Carta de Línea de Crédito-de acuerdo a su porcentaje de participación-de la Empresa Consorciada PYVCONTRATISTAS E.I.R.L.
En tal sentido, conforme lo antes expuesto la oferta presentada por el Postor CONSORCIO PAMPA GRANDE, debido ser declarada INDAMSIBLE, toda vez que no cumplió con acreditar el requisito de admisión establecido en el literal h) del numeral 2.2.1.1 del Capítulo II de la Sección Específica de las bases integradas, conforme a las disposiciones expresas señaladas para su cumplimiento.
No obstante, el Comité de Selección conforme al Acta de la referencia a), admite la oferta del Postor CONSORCIO PAMPA GRANDE para posteriormente otorgarle la buena pro del Procedimiento de Contratación Pública Especial PEC N° 07-2022-MPT-CS-1, hecho manifiestamente arbitrario, que vulnera las normas de contratación del estado como las bases.
NULIDAD DE OFICIO. Habiéndose acreditado que el incumplimiento a las normas que rigen los procesos de contratación del Estado se produjo al admitir indebidamente la oferta del Postor CONSORCIO PAMPA GRANDE (conformada por la Empresa CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS LOGISTICOS S.A. y PYV CONTRATISTAS E.I.R.L.), el Titular de la Entidad se encuentra en la obligación de DECLARAR LA NULIDAD DEL OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO emitida en el Procedimiento de Contratación Pública Especial PEC N° 07-2022-MPT-CS-1, debiéndose retrotraer el acotado procedimiento de selección a la etapa de admisión de ofertas.SE JUEGAN SU INHABILITACIÓN. Este documento se ha enviado a la Gerente general, presupuesto, abastecimiento, administración, contabilidad, infraestructura. Se les puso de conocimiento a los funcionarios y miembros del comité de selección las irregularidades que se habrían cometido con el fin de que tomen las acciones que correspondan y no firmen el contrato de la obra. De hacer caso omiso, las entidades fiscalizadoras iniciarían un proceso de control donde se les podría sancionar con la inhabilitación del cargo debido a las facultades de Contraloría, además de repercusiones penales.
