Tras largos meses de trámite, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) publicó su resolución final, en la que declara la vacancia del  teniente alcalde de la Municipalidad  Provincial de Contralmirante Villar, Juan Carlos Silupu Palacios. La decisión del órgano electoral fue tomada por mayoría, la misma que quedó expresada en la resolución N°  0342-2020-JNE, de fecha 06 de octubre del 2020.

DEFINITIVA Dicho documento, en su artículo segundo señala: “Dejar sin efecto la credencial otorgada a Juan Carlos Silupu Palacios, en el cargo de regidor del Concejo Provincial de Contralmirante Villar, departamento de

Tumbes, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018”.

En su artículo tercero dice: “Convocar a Lindaflor Katherin Rodríguez Briceño, para que asuma el cargo de regidora del citado municipio, y complete el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial que la acredite como tal”.

ANTECEDENTES. Mediante el escrito, del 2 de marzo de 2020, Edgar Álex Lama Olaya presentó ante esta sede electoral el recurso de apelación que interpuso en contra del Acuerdo de Concejo N.° 012-2020-MPCVZ-ALC, del 25 de febrero de 2020, el cual –aduce– declaró infundada la solicitud de vacancia que formuló en contra de Juan Carlos Silupu Palacios, regidor del Concejo Provincial de Contralmirante Villar, departamento de Tumbes, por la causal de condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la libertad, prevista en el artículo 22, numeral 6, de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

Con el referido recurso, el apelante solicitó que se reforme el citado acuerdo de concejo y se declare la vacancia del regidor en mención. Para ello adujo, esencialmente, que “el cuestionado regidor si está incurso en la causal de vacancia prevista en el numeral 6 del artículo 22 de la Ley Orgánica de Municipalidades, pues está acreditado que cuenta con una sentencia condenatoria ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la libertad…”.

Ante ello, a través de los Oficios N.° 00888-2020-SG/JNE y N.° 01063-2020-SG/JNE, del 5 de marzo y 6 de julio de 2020, respectivamente, se le requirió al alcalde de la citada comuna para que remita el original o copia certificada de los siguientes actuados:

Asimismo, mediante Oficio N. ° 01057-2020-SG/JNE, del 1 julio de 2020, se solicitó a la Corte Superior de Justicia de Tumbes que informe sobre la situación jurídica de  Silupu Palacios y remita copias certificadas de las resoluciones que contienen la sentencia condenatoria emitida en contra del citado regidor, a fin de que el Pleno del JNE  pueda proceder conforme a sus atribuciones.

Al respecto, a través del Oficio N.° 000293-2020-P-CSJTU-PJ, recibido el 6 de agosto de 2020, el presidente de la Corte Superior de Justicia de Tumbes remitió las copias certificadas de los siguientes pronunciamientos:

Sentencia de Conformidad (Resolución Número Cinco), de fecha 7 noviembre de 2019, por medio de la cual el Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Contralmirante Villar resolvió, principalmente, lo siguiente:

Condenar a Juan Carlos Silupu Palacios como autor y responsable del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad de lesiones leves por violencia familiar – agresiones sicológicas, en agravio de E. Z. Z, por lo que le impuso 10 meses de pena privativa de la libertad con carácter de efectiva, convertido a 48  jornadas de prestación de servicios comunitarios.

Disponer que el sentenciado concurra mensualmente a la Oficina de Control de Medio Libre del Instituto Nacional Penitenciario, “a fin de dar cumplimiento a la pena impuesta y ser sometido a evaluación y tratamiento sicológico y social para los fines de rehabilitación”; todo ello, “bajo expreso apercibimiento, de revocarse la conversión de la pena y ejecutarse la pena fijada en la sentencia en caso de incumplimiento injustificado de la prestación de servicios”.

Exit mobile version