El toque queda para las provincias con nivel de alerta de contagio muy alto continuará empezando a las 21:00 horas, hasta el próximo domingo 18 de abril, según lo dispuesto por el Ejecutivo que extendió por una semana las medidas en el marco del estado de emergencia nacional por la pandemia del covid-19.
De acuerdo a esta decisión, el toque de queda en estas provincias comienza a las 21:00 horas y termina a las 04:00 horas del día siguiente.
Aforos máximos
Respecto al aforo máximo, en bancos y otras entidades financieras es del 50% del total, al igual que en tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias.
El aforo es hasta 40% en restaurantes y afines en zonas al aire libre, al igual que en bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías, áreas protegidas, jardines botánicos y zoológicos; y en la enseñanza cultural en espacios abiertos.
En restaurantes y afines en zonas internas; centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados; así como en artes escénicas en espacios abiertos; y actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre, el aforo es hasta 30% del total.
Finalmente, los casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas (espacios cerrados); así como en templos y lugares de culto el aforo es hasta 20% del total.
Provincias con nivel muy alto
En el nivel de alerta muy alto se encuentran las provincias de las regiones Amazonas (Chachapoyas, Bagua, Bongará, Condorcanqui, Luya, Rodríguez de Mendoza y Utcubamba); Áncash (Aija, Antonio Raimondi, Asunción, Bolognesi, Carhuaz, Carlos Fermín Fitzcarrald, Corongo, Huari, Huarmey, Huaraz, Mariscal Luzuriaga, Ocros, Pallasca, Pomabamba, Recuay, Santa, Sihuas, Yungay).
También en Apurímac (Andahuaylas, Antabamba, Aymaraes, Cotabambas, Chincheros, Grau); Arequipa (Arequipa, Camaná, Caravelí, Castilla, Condesuyos, Islay, La Unión); Ayacucho (Cangallo, Huanca Sancos, Huanta, Lucanas, Parinacochas, Páucar del Sara Sara, Sucre, Víctor Fajardo, Vilcas Huamán); Cajamarca (Cajamarca, Cajabamba, Celendín, Chota, Contumazá, Cutervo, Hualgayoc, Jaén, San Ignacio, San Marcos, San Miguel, San Pablo y Santa Cruz).
Igualmente, la provincia constitucional del Callao, en la región Cusco (Acomayo, Anta, Calca, Canas, Canchis, Chumbivilcas, Espinar, La Convención, Paruro, Paucartambo, Quispicanchi, y Urubamba); Huancavelica (Huancavelica, Acobamba, Angaraes, Castrovirreyna, Churcampa, Huaytará y Tayacaja); Ica (Chincha, Nasca, Palpa y Pisco); Junín (Huancayo, Concepción, Jauja, Junín, Satipo, Tarma y Yauli); La Libertad (Ascope, Bolívar, Chepén, Julcán, Otuzco, Pataz, Sánchez Carrión, Santiago de Chuco, Gran Chimú y Virú).
Lo mismo ocurre en Lima (Lima metropolitana, Cajatambo, Canta, Cañete, Huaral, Oyón y Yauyos); Loreto (Maynas, Loreto, Mariscal Ramón Castilla, Requena, Ucayali, Datem del Marañón y Putumayo); Madre de Dios (Manu y Tuhuamanu). Moquegua (Mariscal Nieto y General Sánchez Cerro); Pasco (Pasco, Daniel Alcides Carrión y Oxapampa).
Finalmente, en Piura (Ayabaca, Huancabamba, Morropón, Paita, Sullana, Talara y Sechura); Puno (Azángaro, Carabaya, Chucuito, El Collao, Huancané, Lampa, Melgar, Moho, San Antonio de Putina, San Román, Sandia, Yunguyo); San Martín (Bellavista, El Dorado, Huallaga, Lamas, Mariscal Cáceres, Picota, Rioja, San Martín y Tocache); Tacna (Tacna, Candarave, Jorge Basadre y Tarata); Tumbes (Contralmirante Villar y Zarumilla) y Ucayali (Atalaya, Padre Abad y Purús).
Nivel de alerta alto
Las provincias incluidas en el nivel de alerta alto son Huánuco, Ambo, Dos de Mayo, Huaycabamba, Huamalies, Leoncio Prado, Marañón, Pachitea, Puerto Inca, Lauricocha y Yarowilca (Huánuco); y Lambayeque (Chiclayo, Ferreñafe y Lambayeque).
El toque de queda en estas provincias rige desde las 22:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente.
En cuanto al aforo, es hasta el 60% en bancos y otras entidades financieras; tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias; y en restaurantes y afines en zonas al aire libre.
Mientras que en restaurantes y afines en zonas internas; bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías, áreas protegidas, jardines botánicos y zoológicos; y artes escénicas en espacios abiertos es hasta 50% del total.
En centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados; y en actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre el aforo es hasta 40% del total.
Finalmente, el aforo permitido es hasta 30% en casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas (espacios cerrados); y en templos y lugares de culto.
Otras medidas
En las provincias de los tres niveles de alerta de contagio está prohibida la circulación de vehículos particulares los domingos, con excepción de aquellos que cuenten con el respectivo pase vehicular emitido por la autoridad competente.
Los establecimientos comerciales deben cerrar dos horas antes del inicio de la inmovilización social obligatoria, con excepción de los ubicados en las provincias del nivel de alerta extremo, que deben cerrar tres horas antes.
Durante la inmovilización social obligatoria se exceptúa al personal estrictamente necesario que participa en la prestación de los servicios de salud, medicinas, servicios financieros, abastecimiento de tiendas de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes y bodegas, servicio de restaurante para entrega a domicilio.
Del mismo modo, la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones y actividades conexas, limpieza y recojo de residuos sólidos, servicios funerarios, transporte de carga y mercancías y actividades conexas, actividades relacionadas con la reanudación de actividades económicas, transporte de caudales, esto último según lo estipulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
Las limitaciones a la libertad de tránsito tampoco aplican a las actividades de construcción, operación, conservación, mantenimiento y, en general, toda aquella actividad directa o indirectamente relacionada con la Red Vial Nacional, Departamental o Vecinal, quedando excluidas del estado de emergencia nacional, ya sea que esas actividades sean desarrolladas directamente por entidades de cualquiera de esos niveles de gobierno y/o por terceros contratados por ellos, incluyendo, pero no limitándose, a concesionarios o contratistas. Para ello deberán cumplir únicamente su Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de la covid-19 en el trabajo.
En todos los casos, es obligatorio el uso de mascarilla para circular por las vías de uso público, y del protector facial cuando se viaje en transporte público e interprovincial.
Durante la inmovilización social obligatoria se exceptúa al personal de los organismos del sistema electoral peruano; siempre que porten su credencial o documento que acredite el vínculo con la entidad y su Documento Nacional de Identidad (DNI) para fines de identificación.
El Ministerio de Salud, en coordinación con otras entidades componentes del sector Salud, realiza una vigilancia epidemiológica intensiva, a fin de identificar cualquier incremento de casos localizados de personas afectadas por covid-19, y tomar medidas inmediatas de control.
Andina / (FIN) LZD