GOBIERNO PUBLICÓ DECRETO SUPREMO EN EL DIARIO EL PERUANO

Por: Manuel Arselles.

El Poder Ejecutivo, mediante decreto supremo, prorrogó el estado de emergencia nacional y la cuarentena focalizada en algunas regiones del país hasta el 31 de agosto.

El decreto supremo, publicado en una edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, establece que durante la ampliación del estado de emergencia queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales.

De igual forma, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio comprendidos en los incisos 9, 11 y 12 del artículo 2 y en el inciso 24, apartado f del mismo artículo de la Constitución Política del Perú.

También dispone el aislamiento social obligatorio -cuarentena focalizada- en los departamentos de Arequipa, Ica, Junín, Huánuco y San Martín, así como en la provincia de Tambopata del departamento de Madre de Dios, en las provincias del Santa, Casma y Huaraz del departamento de Áncash.

El decreto supremo dispone la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios desde las 22:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente, de lunes a domingo a nivel nacional; con excepción de Arequipa, Ica, Junín, Huánuco y San Martín en el dispositivo legal, con cuarentena focalizada.

El decreto supremo es refrendado por el presidente Martín Vizcarra, el jefe del Gabinete Ministerial, Pedro Cateriano y los ministros de Estado.

Exit mobile version