El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicó hoy una norma que modifica los parámetros para el pago del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) para bebidas azucaradas, así como de la cerveza sin alcohol.

Mediante Decreto Supremo Nº 266-2018-EF se aprobó la modificación, con lo cual se aplicará una tasa de 25% del ISC para las bebidas (agua, incluida el agua mineral y la gasificada), así como la cerveza sin alcohol, con un contenido de azúcares totales de 5 gramos o más por cada 100 mililitros.

También se impuso una tasa de 17% del ISC para las bebidas (agua, incluida el agua mineral y la gasificada), así como la cerveza sin alcohol, con un contenido de azúcares totales de 0.5 a 5 gramos por cada 100 mililitros.

El mencionado dispositivo legal indica que quedan exceptuadas aquellas bebidas que cuenten con registro sanitario o autorización excepcional de productos farmacéuticos expedidos de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud.

Además, se exceptúan a las bebidas con registro sanitario expedido por la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (Digesa), clasificadas en la categoría de los alimentos destinados a regímenes especiales.

(FIN) CNA

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