Tras permanecer casi cuatro años prófugo de la justicia, el exalcalde del distrito de San Jacinto, José Luis Cornejo Feijoo se entregó a la Policía Judicial de Tumbes al tener una sentencia de tres años de prisión efectiva por el delito de colusión desleal en agravio del Estado.

Al promediar las 8:30 de la mañana del jueves, el exburgomaestre Cornejo Feijoó en silla de ruedas junto a su abogado Charlie Méndez y familiares ingresaron a la sede judicial para los trámites respectivos.

La exautoridad edil pasó sus exámenes médicos en el Instituto de Medicina Legal, ubicado en el centro poblado de Andrés Araujo, para posteriormente seguir los trámites correspondientes para ser recluido en el establecimiento penitenciario de Puerto Pizarro, en la región Tumbes.

El abogado Charlie Christian Enrique Méndez Cueva informó a los medios de comunicación que José Luis Cornejo se encuentra delicado de salud y eso lo verificarán las autoridades competentes.

ESTRATEGIA. Hechicera conversó con algunos abogados con respecto a la situación legal de José Luis Cornejo Feijoo y la razón por la que habría decidido entregarse. La hipótesis gira entorno al vencimiento de su orden de captura y a la solicitud que se haría para variar su condena a arresto domiciliario aduciendo estar mal de salud.

La defensa técnica de Cornejo Feijoó sostiene que su patrocinado cumple los presupuestos de la vigilancia electrónica, toda vez que se trata de una persona en edad avanzada y tiene enfermedades graves desde el año 2011.

Para la aplicación de dicha medida pide que se tome en cuenta la Constancia Domiciliaria ofrecida en la que consta que ahí reside junto a su hija Beatriz Cornejo, que sería el lugar desde el que se puede aplicar la vigilancia electrónica.

El abogado refiere que su patrocinado no recibe atención especializada. Además, se concluye que el paciente no se puede mover, no deambula, está postrado las 24 horas con un familiar a dedicación exclusiva. De manera tal que su patrocinado no puede comer, ni puede deambular. La inminente enfermedad gravitante es la hemiplejia derecha, por lo que no puede valerse por sí mismo, y se corrobora por medicina legal.

PEDIDO NEGADO. El Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente Supraprovincial Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de la Corte Superior de Justicia de Tumbes,  hace más de un mes declaró infundado el pedido de variación de cárcel efectiva por arresto domiciliario a favor del exalcalde del distrito de San Jacinto, José Luis Cornejo Feijoó, sentenciado por el delito de colusión desleal.

A través de la Resolución N.º 6, de fecha 07 de abril del 2022, el magistrado Jaime Igor Elías Lequernaque,  dispone declarar improcedente la solicitud de aplicación de control difuso a efectos de aplicar conversión de pena y/o vigilancia electrónica y/o arresto domiciliario, en sentencia condenatoria a pena privativa de libertad efectiva, presentada por el sentenciado José Luis Cornejo Feijoo a través de su defensa técnica, en el proceso que se le ha seguido como autor del delito de colusión desleal en agravio del Estado.

CONDENA POR CORRUPCIÓN. Como se recuerda José Luis Cornejo Feijoo fue condenado en primera instancia, conforme es de verse en la Resolución N.º 36 de fecha 21 de Febrero de 2018, como autor del delito de Colusión Desleal en agravio del Estado; en tal sentido, entre otros- se le impuso cuatro años de pena privativa de la libertad con carácter de efectiva. posteriormente, mediante sentencia de vista (Resolución N.º 42) de fecha 18 de Junio de 20 18, la Sala Penal de Apelaciones de Tumbes confirma la sentencia inicial, esto es, que es condenatoria para el sentenciado José Luis Cornejo Feijoo, pero la revoca en el plazo y reformándola le impone tres años de pena privativa de libertad con carácter de efectiva, disponiendo la inmediata ubicación, captura e internamiento –entre otros- del sentenciado José Luis Cornejo Feijoo en el establecimiento penitenciario de Puerto Pizarro.

Cornejo Feijoo acudió en recurso extraordinario de casación, siendo que la Corte Suprema declaró inadmisible su recurso mediante resolución de fecha 19 de enero de 2019.

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